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Ciudad: declararon inconstitucional la baja de la edad de imputabilidad en un caso concreto

Metropolitano Online

La implementación de la nueva Ley 27.801 de Régimen Penal Juvenil sumó un capitulo de fuerte tensión institucional y debate jurídico.

La jueza porteña Laura De Marinis declaró la inconstitucionalidad de la norma para un caso concreto y dictó el sobreseimiento de un adolescente de 14 años imputado por tentativa de robo en la Ciudad de Buenos Aires

El fallo marca un precedente en el fuero ordinario de la capital federal al cuestionar el sesgo «punitivista» de la ley promovida por el Poder Ejecutivo Nacional y establecer que la persecución penal en menores de 15 años constituye una medida regresiva frente a los tratados internacionales de derechos humanos y la protección integral de la niñez.

La causa que desencadenó la resolución

El hecho ocurrió en el barrio porteño de Caballito, donde cuatro adolescentes interceptaron a un transeúnte de 47 años en un intento de arrebato de su teléfono celular. La víctima logró escapar y advertir a un efectivo de la Policía de la Ciudad, lo que derivó en la detención en flagrancia del grupo.

Entre los aprehendidos se encontraba M.I.A., un menor de 14 años. Ante la imputación por tentativa de robo, la defensa oficial planteó la inconstitucionalidad del nuevo régimen penal juvenil

Entre los aprehendidos se encontraba M.I.A., un menor de 14 años. Ante la imputación por tentativa de robo, la defensa oficial planteó la inconstitucionalidad del nuevo régimen penal juvenil, argumentando que la normativa vulnera el principio de no regresividad en materia de derechos sociales y de la infancia.

Los argumentos del fallo y la crítica al rol del Estado

Al resolver el planteo, la magistrada Laura De Marinis hizo hincapié en que el Estado no puede recurrir al castigo penal como primera respuesta ante trayectorias de vida cruzadas por la vulnerabilidad y la falta de contención social.

Entre las consideraciones principales del fallo destacan:

  • Principio de No Regresividad: Antes de la entrada en vigencia del nuevo régimen, los menores de 14 años no eran objeto de persecución penal, sino de medidas de protección integral. El fallo concluye que retroceder en este estándar viola garantías constitucionales.

  • Proporcionalidad y Delito Tentado: La jueza remarcó que, al tratarse de una tentativa en la que no se consumó el robo ni hubo daños materiales definitivos, la respuesta institucional no puede ser el encarcelamiento o la imputación penal.

  • El Rol del Mundo Adulto: En uno de los pasajes más contundentes del texto, la magistrada enfatizó: «Como adultos, no podemos castigar a los niños, niñas y adolescentes por lo que no hicimos, por haberlos dejado en desamparo en su primera infancia».

De Marinis aclaró además que la decisión no busca «romantizar la infracción penal juvenil», sino remarcar que el fuero penal debe ser siempre la última ratio o último recurso del Estado, y no la vía primaria de intervención ante problemáticas sociales complejas.

Cuadro comparativo del nuevo régimen penal frente a la resolución judicial

A continuación, los puntos de conflicto entre el marco regulatorio aprobado por el Congreso y el criterio fijado por el fuero judicial porteño:

Eje del Debate Nuevo Régimen Penal Juvenil (Ley 27.801) Criterio del Fallo Judicial (Jueza De Marinis)
Edad Mínima de Punibilidad Fija el umbral de imputabilidad a partir de los 14 años. Considera inconstitucional juzgar penalmente a menores de 15 años por resultar regresivo.
Estrategia del Estado Foco en la persecución penal, detención en flagrancia y sanción punitiva. Prioriza el Sistema de Protección Integral (respuestas educativas, sanitarias y sociales).
Graduación de la Pena Aplica el proceso penal general ajustado a la minoridad desde la aprehensión. Exige aplicar el fuero penal únicamente como última ratio en delitos consumados de máxima gravedad.
Alcance de la Medida Cobertura de aplicación nacional sobre la totalidad de los fueros. Declaración de inconstitucionalidad circunscrita al caso concreto planteado.

La reacción política y el frente judicial

El fallo reavivó de inmediato el choque entre el Poder Judicial y el Poder Ejecutivo. Tras conocerse la sentencia, funcionarios de la Ciudad de Buenos Aires y del Ministerio de Seguridad de la Nación cuestionaron enérgicamente la resolución, anticipando que apelarán el fallo y no descartaron presentar un pedido de juicio político contra la magistrada.

Tras conocerse la sentencia, funcionarios de la Ciudad de Buenos Aires y del Ministerio de Seguridad de la Nación cuestionaron enérgicamente la resolución, anticipando que apelarán el fallo y no descartaron presentar un pedido de juicio político contra la magistrada

Por su parte, la resolución de la jueza De Marinis se suma a la serie de impugnaciones y reveses judiciales que enfrenta la Ley 27.801 desde su entrada en vigencia a principios de mes, abriendo un debate de fondo en la Corte Suprema sobre los límites constitucionales de la baja en la edad de imputabilidad.

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